Violación de los Derechos y Garantías Individuales de los NNA migrantes no acompañados

Departamento Académico de Derecho
Jueves 3 de septiembre de 2020
19:30h

Es una realidad que los niños, niñas y adolescentes migrantes, en especial los no acompañados son más vulnerables a los peligros de su integridad física, psicológica y emocional. Se encuentran expuestos a constantes violaciones de sus derechos humanos por parte de delincuentes, grupos criminales y el propio gobierno. Hay que tomar en cuenta que un niño es un ser humano que requiere protección, no solo un migrante irregular, por lo que siempre se tiene que resguardar el interés superior del menor.

Las causas por las que los niños y niñas deciden emigrar sin compañía de una persona adulta son por violencia familiar, violencia en el país de origen, violencia sexual, por frustración económica, mejor calidad de vida, mayores oportunidades de desarrollo, reunificación con familiares, entre otros. En el camino experimentan graves violaciones a su integridad física y a sus derechos humanos, como: aislamiento, violencia, amenazas, soledad, hambre, explotación sexual o laboral, violación sexual, cambios climáticos, crimen organizado y hasta la misma muerte.

Al llegar a la frontera, en 2017, más de 18 mil NNA provenientes de El Triángulo Norte de Centroamérica (países como Honduras, el Salvador y Guatemala) fueron detenidos por autoridades migratorias mexicanas, de estos más de 7,000 eran no acompañados. En E.E.U.U., fueron reportados 8,912 NNA mexicanos, de los cuales 7,373 eran no acompañados. En abril de 2018, se detuvieron 1,687 niños y 909 niñas. Un año después, incrementó 3,993 niñas y 2849 niños.

La migración no es un delito, por lo tanto, los niños no pueden ser detenidos. Varias organizaciones han denunciado la detención de menores en estaciones migratorias, ya que va contra la Ley de Migración mexicana y contra la Ley General de los derechos de los niños. Se establece que los menores deben de permanecer en centros del DIF o en albergues de la sociedad civil, hasta que se resuelva su situación legal. Todas las niñas, niños y adolescentes no acompañados, deben de recibir la protección a la que tienen derecho, así como asesoría y representación legal.

Se ha incrementado de manera impactante la cantidad de NNA migrantes no acompañados, razón por la cual, en 2019, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) junto con la Cancillería de la Republica y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), presenta el “Modelo de cuidados alternativos para niñas, niños y adolescentes migrantes”. Busca evitar la detención de menores y canalizarlos a albergues o incluso, con familias mexicanas que les den acogida temporal. Este consta de cuatro etapas: identificación, primera acogida; cuando el niño, niña o adolescente ingresa a un centro de corta estancia donde permanece por un breve lapso, segunda acogida; proporciona cuidados alternativos temporales a quienes permanecerán más tiempo en el país, es decir, para niños, niñas y adolescentes solicitantes de asilo, refugiados o con protección complementaria y egreso; reintegración familiar o acompañamiento a una vida independiente. Por consiguiente, se crearon los Oficiales de Protección a la Infancia (OPI), con el objeto de brindar asistencia y acompañamiento a niñas, niños y adolescentes extranjeros durante su procedimiento administrativo migratorio.

Existen al menos quince normas jurídicas, reglamentos, programas, manuales y protocolos que las autoridades mexicanas deben aplicar para preponderar el interés superior de los NNA no acompañados o separados de sus familias. Ahora bien, es importante que las autoridades apliquen en sentido estricto la ley, ya que hablamos de niños vulnerables que quedan marcados con una huella en su vida y que requieren la protección y el cumplimiento en su totalidad de las organizaciones correspondientes para la disminución de la violencia contra los derechos humanos de los NNA migrantes.